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Información de servicios de accesibilidad

Nuestro objetivo en Mitchell Community College es garantizar que todos los estudiantes que buscan créditos, especialmente aquellos con desafíos especiales, superen las barreras académicas para perseguir sus sueños y lograr sus metas. Los Servicios de Accesibilidad se esfuerzan por crear una atmósfera donde la CAPACIDAD sea el foco, donde se reduzcan las limitaciones y se aumenten las expectativas. Todos tenemos y enfrentamos desafíos, pero en Mitchell nos esforzamos por superarlos y convertirnos en CAMPEONES.

Política de quejas para estudiantes con discapacidades

Los estudiantes que experimenten un problema y/o se sientan tratados injustamente deben intentar resolver el problema informalmente con el Coordinador de la Oficina de Accesibilidad. Las inquietudes relacionadas con una adaptación específica se resolverán con la participación del estudiante y el instructor correspondiente, el director del programa, el decano académico, el vicepresidente de aprendizaje y el vicepresidente de servicios estudiantiles. Si una inquietud no se puede resolver a satisfacción del estudiante, el estudiante debe utilizar el proceso de quejas estudiantiles como se describe a continuación (y en el Catálogo Mitchell y el Manual del estudiante).

Derechos de los estudiantes con discapacidades

Como estudiante con una discapacidad, usted tiene distintos derechos en Mitchell Community College:

  • Tienes derecho a la confidencialidad.
  • Tiene derecho a un acceso razonable a los programas y servicios ofrecidos al público.
  • Tienes derecho a adaptaciones razonables para garantizar tu éxito universitario.
Responsabilidades de los estudiantes con discapacidades

Responsabilidades del estudiante

Los estudiantes con discapacidades a menudo llegan a la universidad con el malentendido de que recibirán los mismos servicios y adaptaciones que recibieron en la escuela secundaria. Este no es el caso. Las universidades se centran en brindar acceso a programas educativos y a la vida en el campus para permitir que los estudiantes tengan éxito con adaptaciones razonables. 

Como estudiante universitario con discapacidad, usted tiene la responsabilidad de:

  • Actúa como un adulto independiente.
  • Autoidentificarse o revelar una discapacidad.
  • Proporcionar documentación de verificación.
  • Obtener resultados de evaluaciones y exámenes y proporcionarlos a la universidad.
  • Organice su propio horario semanal.
  • Comuníquese con la Oficina de Servicios de Accesibilidad con respecto a solicitudes de adaptaciones.
  • Organizar tutorías personales.
El colegio NO está obligado a
  • Reducir o ajustar los requisitos esenciales de un curso o programa.
  • Realizar pruebas y evaluaciones de problemas de aprendizaje.
  • Proporcionar asistentes personales.
  • Proporcionar tutores personales o privados.
  • Elaborar Planes Educativos Individuales (PEI).

Mitchell Community College cumple con las Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA por sus siglas en inglés), un mandato integral para la eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad. El Colegio también cumple con Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (Subparte E) y del Ley de Protección de Personas con Discapacidades de Carolina del Norte.

Comparación de adaptaciones para discapacitados en la escuela secundaria y la universidad

Fuente: Este material fue desarrollado en conjunto con la Asociación de Carolina del Norte sobre Educación Superior y Discapacidad.

Identificar estudiantes con discapacidad.

Proporcionar evaluación de problemas de aprendizaje.

Clasificar las discapacidades según categorías de diagnóstico específicas.

Involucrar a los padres o tutores en las decisiones de colocación.

Proporcionar ciertos servicios no académicos.

Colocar a los estudiantes en programas donde puedan beneficiarse (de cualquier manera) a través de un comité de colocación con la participación y aprobación de los padres.

Estructurar gran parte de la agenda semanal de los estudiantes.

Modificar los programas educativos.

Elaborar Planes Educativos Individuales (IEP).

Proporcionar una educación gratuita y adecuada.

Proporcionar servicios adecuados por parte de la enfermera escolar o de los servicios de salud.

Proteger el derecho de cada estudiante a la privacidad y confidencialidad.

Proporcionar acceso a programas y servicios que se ofrecen a personas sin discapacidades.

Informar a los estudiantes sobre la ubicación de la oficina y los procedimientos para solicitar adaptaciones.

Aceptar y evaluar la documentación de verificación.

Determinar que un impedimento mental o físico causa una limitación sustancial de una actividad importante de la vida según los documentos de verificación proporcionados por el estudiante.

Determinar si un estudiante está calificado para participar en el programa o servicio, con o sin adaptaciones y, de ser así, si es posible realizar adaptaciones razonables.

Hacer adaptaciones razonables para los estudiantes que cumplan con los criterios de calificación anteriores.

Proporcionar acceso razonable a opciones de programas y servicios iguales a los disponibles para el público en general.

Informar a los estudiantes sobre sus derechos y responsabilidades.

Ubicación y horario de la oficina

En persona

Campus de Statesville
Lunes-Viernes 8 am – 4:30 pm
Centro de servicios estudiantiles de Eason, sala 110 

Campus de Mooresville
Martes 9 a.m. – 3 p.m.

Virtualmente
Las citas virtuales se pueden programar y realizar vía zoom con un aviso de 3 días de anticipación.

¿Tienes Preguntas?

Marks Elder, Coordinador de Servicios de Accesibilidad y Coordinador 504
Melder@mitchellcc.edu
(704) 878-3364

Molly Rogers, generalista de servicios de accesibilidad
(704) 978-5426